BREVES NOTAS SOBRE EL REGIMEN MUNICIPAL A. CONCEPTO DE AUTONOMIA. AUTONOMIA MUNICIPAL 1. Aproximación semántica Desde una perspectiva semántica, podemos verificar, en el Diccionario de la Real Academia Española, que autonomía, derivada del latín autonomĭa y éste del griego αuτονομnα, significa la “... Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios...”. En esa clave entonces advertimos que ciertas comunidades organizadas políticamente poseen una condición que las particulariza, en tanto rectoras de su propia vida institucional. Antonio María Hernández(1) explica, al respecto, que autonomía implica una cualidad de las corporaciones territoriales de Derecho Público, y en particular le corresponde a las Provincias, a los Estados de Estados Unidos, del Brasil o d...
Este interesante artículo fue escrito por quien ocupara el cargo de Procuradora General Adjunta. Si bien el aspecto central es el problema de la competencia originaria de la Corte con relación a la CABA, después de la reforma de 1994, contiene una semblanza del estatus de aquella en clave constitucional. No estoy de acuerdo acerca de cuál sería el estatus de la ciudad en el supuesto de que cambie la capital federal, mas eso es poco relevante a los fines de la publicación.
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